Descripción
The State has the penalty as a criminal reaction against the crime, and the purposes and function of the penalty has evolved recognizing the principle of humanity and dignity of people, therefore the penalty cannot have a utilitarian and retributive nature, but rather that it must fulfill general and special prevention purposes, and more than anything, respect the dignity of the convicted person, and for this, legislation like ours has been in charge of enshrining principles, basic postulates, although for a long time, there has been a gap between the what the law and reality say, because although some policies have been established, the truth is that the serious prison situation is worrisome due to prison overcrowding Descripción
El Estado tiene la pena como una reacción penal contra el delito, y los fines y la función de la pena han evolucionado reconociendo el principio de humanidad y de dignidad de las personas, por tanto la pena no puede tener un carácter utilitarista y retributivo, sino que de be cumplir fines de prevención general y especial, y más que nada respetar la dignidad del condenado, y para ello las legislaciones como la nuestra se han encargado de consagrar principios, postulados básicos, aunque desde hace mucho tiempo, hay una brecha entre los que dice la ley y la realidad, porque aunque se han establecido algunas políticas, lo cierto es que la grave situación carcelaria es preocupante por el hacinamiento carcelario.
Editorial
Universidad de Panamá, Facultad de Derecho y Ciencias Políticas