Principio o criterio de oportunidad en el Sistema Penal Acusatorio
Barragán Quirós, Carlos Manuel Pedro Pablo
Principle or criterion of opportunity in the Accusatory Criminal System
Tema principio de legalidad
Tema simplificación del proceso
Tema economía procesal
Tema autonomía de la voluntad
Tema Opportunity criterion or principle
Tema principle of legality
Tema simplification of the process
Tema procedural economy
What we seek is to promote the debate to determine that, under the ductile accusatory and contradictory criminal process, it is possibly viable, in some specific cases, that the prosecutor can make use of the criterion or principle of opportunity. All this on the basis of the substantive principles that govern our criminal system. That is to say, we will have as support the procedural economy, the minimum application and intervention of the criminal law, the will of the parties, and the constitutional mandate that our governing charter gives to the Public Prosecutor's Office, among others.
We will then see, on the basis of possible cases, what is the practicality or not, in which the prosecutor can exercise the option that the law gives him to decide when it is not feasible to prosecute a particular (alleged) crime, without the need to prosecute the case.
Descripción Existe una discusión entre los procesalistas que se dedican al estudio de lo penal. La controversia tiene como punto medular el determinar si el Ministerio Público puede aplicar el criterio de oportunidad sin necesidad de realizar la imputación. Se observará que, efectivamente, y procesalmente hablando, en ciertos casos, el agente de investigación puede hacer uso de la herramienta procesal en cuestión sin judicializar la causa, mientras que, en otros casos, dependiendo del sentir de la víctima, deberá acudir ante el juez de garantías, tercero imparcial que dictaminará lo que en derecho corresponda.
Lo que buscamos es promover el debate para determinar que, bajo el dúctil proceso penal acusatorio y contradictorio, posiblemente es viable, en algunos casos delimitados, que el agente acusador pueda hacer uso del criterio o principio de oportunidad. Todo esto a partir de los principios fundamentales que rigen nuestro sistema penal. Es decir, tendremos como sustento la economía procesal, la mínima aplicación e intervención del derecho penal, la voluntad de las partes, y el mandato constitucional que nuestra carta regente da al Ministerio Público, entre otros.
Veremos entonces, sobre la base de posibles casos, cuál es la practicidad o no, en que el agente fiscal pueda ejercer esa opción que la ley le otorga al decidir cuando no es viable la persecución de un determinado (presunto) delito, sin necesidad de judicializar la causa.
Tipo info:eu-repo/semantics/publishedVersion
Identificador 10.54138/27107566.513
Fuente Sapientia; Vol. 15 Núm. 1 (2024): Marzo 2024; 6-21
Fuente 2710-7566
Fuente 2070-3651
Fuente 10.54138/v15.n1.2024